Este interactiva explica la acusación de la Corte de Cuentas contra el entonces ministro Pablo Anliker, su director de adquisiciones, Lorenzo Corpeño y técnicos del Mag y se centra en los reparos millonarios que fueron conocidos en el juicio JC-VII-2021, que inicio el 11 de agosto de 2021 cuando los funcionarios y empleados públicos les fue notificado el “Pliego de Reparos”, que equivale a una demanda.
La Corte de Cuentas fiscaliza la ejecución de fondos públicos en tres fases: auditoría, juicio de cuentas y apelación. La auditoría terminó en febrero de 2021, once meses después de que sucedieron las compras de la pandemia, y los auditores identificaron hallazgos que incluyeron en su informe que fue enviado a la Cámara Séptima de Primera Instancia, que fue recibido el 1 de marzo de 2021: “ordenó iniciar el respectivo juicio de cuentas en contra de los servidores actuantes, notificando al sr. fiscal general”, dice el auto con el que inició la cuenta regresiva de dos daños de la Cámara para emitir una sentencia, según establece la Ley de la CCR.
La Cámara de Primera Instancia decide si los hallazgos se convierten en reparos administrativos (que implican una multa) o patrimoniales (que el funcionario o empleado público reponga al Estado el daño causado) y en el caso del Mag los jueces convirtieron tres hallazgos en tres reparos patrimoniales por $133 millones y emitió un “Pliego de Reparos”, que fue enviado a Anliker y a sus subordinados para que en 15 días nombraran a un apoderado para ejercer su representación legal en el juicio. Esta Cámara tenía dos años para emitir sentencia puesto que cumplido ese periodo el Estado pierde la posibilidad de recuperar los recursos porque el juicio caduca.Tras la sentencia, las partes pueden apelar y la Cámara de Segunda Instancia, integrada por dos magistrados y por el presidente de la Corte de Cuentas, tiene la última palabra.
Los aspectos que compararon en la auditoría y en el juicio para llegar a ese monto, $133 millones, fue por los pagos a cada uno de los proveedores, el contenido de los documentos de aduanas que detallan el producto que entró al país, las actas de recepción que debían llevar los administradores de contrato para certificar que el producto estaba siendo recibido por el Mag. En el proceso, quedó documentado una diferencia entre lo pagado, lo que ingresó al país y lo que efectivamente fue recibido en el Mag. En algunos casos, el producto no ingresó al país; en otros casos sí ingresó, pero algo no explicado en la auditoría sucedió en el camino y los productos no llegaron al Mag. Así se llegó al monto cuestionado a Anliker y a sus subordinados que ascendió al 51% de las compras de alimentos de 2020.